Carrefour, Dia, Froiz y García Carrión reciben sanciones económicas por incumplir la Ley de la Cadena Alimentaria

– Las multas para estas compañías oscilan entre los 3.000 euros de Carrefour y Froiz hasta los 9.500 de García Carrión

MADRID, 23 (SERVIMEDIA)

La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha multado a las cadenas de supermercados Dia, Carrefour y Froiz, así como a empresas como J. García Carrión, propietaria de Don Simón, por incumplir la Ley de la Cadena Alimentaria.

Así se recoge en la publicación trimestral de sanciones firmes en vía administrativa o judicial conocida este jueves, que ha informado de hasta 69 sanciones a unas 55 compañías por incumplir la ley aprobada hace un año con el objetivo de establecer unas relaciones más justas entre agricultores, ganaderos, industria y distribución.

Las sanciones más sonadas han sido las impuestas contra Carrefour y Dia, ambas por incumplir los plazos de pago, que están fijados en un máximo de 60 días. La compañía francesa deberá abonar 3.000 euros, mientras que Dia, que acumula dos multas, deberá hacer frente a 6.900 euros.

El mismo motivo se alude a las multas interpuestas contra Froiz, que deberá pagar 3.000 euros, y García Carrión, que en su caso debe abonar una sanción que asciende hasta los casi 9.500 euros, una de las más elevadas del informe.

No obstante, queda lejos de los 11.500 euros que Ray Lech tendrá que pagar por no formalizar por escrito los contratos alimentarios ni tampoco incorporar en el contrato alimentario el precio recogido en el artículo. A esta sanción, además, se le suma otra de 3.000 euros por incumplir los plazos de pago.

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Pistachos de La Mancha también acumula 13.500 euros en sanciones por no formalizar por escrito los contratos alimentarios y exceder en 60 días los plazos de obligación de pago.

De las 69 sanciones, la mayoría son por no cumplir los plazos de pago, mientras que las interpuestas por no formalizar por escrito el contrato, por no figurar en el acuerdo el precio pactado por las partes o por modificar el precio consensuado son minoritarias.

Sin embargo, esta primera publicación trimestral no contempla ninguna sanción por haber vendido a pérdidas. Este era uno de los principales objetivos de la ley, que nació para evitar que los agricultores y ganaderos perdiesen dinero con su producción.